Cómo calcular el Impuesto sobre Sociedades: guía práctica paso a paso

Publicado 16 julio 2025 | Actualizado 21 abril 2026

La misma pregunta, todos los años: ¿cómo calcular el Impuesto sobre Sociedades correctamente? Aunque forma parte del lenguaje diario de cualquier asesoría, es una de las tareas más técnicas —y más importantes— para cualquier asesor fiscal. No basta con aplicar un porcentaje sobre el beneficio: hay que conocer la normativa, saber interpretar ajustes, identificar deducciones posibles y revisar cada ejercicio al dedillo.

Pymes, autónomos societarios, grupos empresariales… No todos los clientes parten del mismo punto: hay quien arrastra bases negativas pese a facturar millones de euros, quien no distingue entre gasto contable y gasto fiscal o quien desconoce por completo si puede acogerse a un tipo reducido. En este artículo repasamos paso a paso el proceso completo, con ejemplos prácticos y los errores más comunes que conviene evitar.

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¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades y por qué se paga?

El Impuesto de Sociedades es un tributo directo que grava los beneficios obtenidos por las personas jurídicas residentes en España. Este tipo de gravamen lo pagan empresas, sociedades mercantiles, cooperativas y otras entidades con personalidad jurídica propia. Su cálculo y liquidación están regulados por la Ley 27/2014 y la gestión corresponde a la Agencia Tributaria durante el periodo impositivo.

A diferencia de otros impuestos, no se paga sobre ingresos, sino sobre beneficios. Es decir, sobre el resultado contable ajustado conforme a la normativa fiscal. Este es el tramo donde la parte contable da paso a la fiscal: interpretar bien qué se considera ingreso o gasto deducible, aplicar correctamente los ajustes y conocer las particularidades de cada entidad.

¿Quién está obligado a pagarlo?

El Impuesto sobre Sociedades corresponde pagarlo a todas las personas jurídicas con residencia en España, incluyendo sociedades mercantiles (como sociedades limitadas, anónimas, cooperativas), sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades agrarias, y otras entidades que desarrollen actividades económicas, independientemente de si han tenido beneficios o no durante el ejercicio fiscal.

También deben declararlo sociedades inactivas o sin actividad, siempre que tengan personalidad jurídica. Algunas entidades como fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, ONG, colegios profesionales o partidos políticos están parcialmente exentas: deben declarar el impuesto, pero tributan solo por determinadas rentas.

Cómo calcular el Impuesto de Sociedades

El cálculo del impuesto se hace tomando como punto de partida el resultado fiscal contable, pero el proceso exige aplicar la normativa fiscal punto por punto. Para no dejar nada fuera, conviene seguir este recorrido:

Determinar el resultado contable antes de impuestos

Este dato sale directamente de la cuenta de pérdidas y ganancias al cierre del ejercicio. Es el beneficio neto antes de aplicar impuestos. A ojos de Hacienda, el resultado contable no siempre refleja la base real; hay que ajustarlo antes de calcular el impuesto.

Realizar los ajustes extracontables

La normativa fiscal no siempre coincide con la contable. Por eso es necesario realizar los denominados ajustes extracontables, que pueden ser tanto positivos como negativos. Se trata de restar o añadir importes al resultado contable para obtener la base imponible fiscal.

Principales ajustes

Estos ajustes pueden deberse, por ejemplo, a:

  • Gastos no deducibles (multas, sanciones, donaciones, atenciones no justificadas, entre otros).
  • Ingresos a cuenta no computables o exentos.
  • Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.
  • Diferencias temporales que afecten a la imputación fiscal.

Obtener la base imponible

Una vez hechos los ajustes, se obtiene la base imponible. Sobre esta cifra se aplica el tipo impositivo correspondiente para calcular la cuota íntegra.

Aplicar el tipo impositivo vigente

El tipo general aplicable es del 25 %, aunque no es el único. Existen otros tipos impositivos reducidos o especiales, según el tipo de entidad o su situación:

  • 15 %: para entidades de nueva creación, durante los dos primeros ejercicios en los que se obtenga base imponible positiva.
  • 20 %: para cooperativas fiscalmente protegidas.
  • 10 %: para entidades acogidas a la Ley 49/2002 (entidades sin ánimo de lucro).
  • 0 % o 19 %: para SOCIMIs, dependiendo de las condiciones.

Obtener la cuota íntegra

Es el resultado de aplicar el tipo impositivo a la base imponible. Por ejemplo, si una sociedad tiene una base imponible de 80.000 euros y le corresponde un tipo del 25%, la cuota íntegra sería de 20.000 euros.

Restar deducciones y bonificaciones

A esa cuota íntegra pueden aplicarse deducciones o bonificaciones si la empresa cumple los requisitos para ello. Entre las más habituales:

  • Por actividades de I+D+i.
  • Por creación de empleo o contratación de determinados perfiles.
  • Por doble imposición, interna o internacional.

Obtener la cuota líquida

Es el importe final tras aplicar todas las deducciones a la cuota íntegra. Es la cantidad que debe ingresar la empresa, salvo que existan pagos fraccionados ya realizados para la liquidación del impuesto, en cuyo caso se deducen también para obtener el resultado neto.

Ejemplo de cálculo del Impuesto sobre Sociedades

Supongamos que una sociedad limitada ha obtenido un resultado contable de 50.000 euros. Dentro de sus gastos figura una multa por importe de 2.000 euros, que no es deducible fiscalmente. Además, arrastra una base imponible negativa de ejercicios anteriores de 4.000 euros. No tiene derecho a aplicar deducciones adicionales en el Impuesto de Sociedades.

Veamos los pasos:

  • Resultado contable: 50.000 euros.
  • Ajuste positivo por gasto no deducible: +2.000 euros.
  • Base imponible previa: 52.000 euros.
  • Compensación de base negativa: –4.000 euros.
  • Base imponible final: 48.000 euros.
  • Tipo impositivo: 25%
  • Cuota íntegra: 12.000 euros.
  • Deducciones: 0 euros.
  • Cuota líquida: 12.000 euros.

Este sería el importe que la empresa tendría que ingresar si no hubiese realizado pagos fraccionados durante el ejercicio.

Errores comunes al calcular el Impuesto sobre Sociedades

Incluso con herramientas de software, sigue habiendo margen de error. Algunos de los fallos más habituales:

  • Aplicar el tipo general del 25% sin revisar si corresponde uno reducido.
  • No ajustar correctamente los gastos no deducibles.
  • Olvidar compensar bases negativas de ejercicios anteriores.
  • No aplicar deducciones que sí serían posibles.
  • Confundir resultado contable con base imponible fiscal.

¿Cuándo conviene delegarlo a un asesor fiscal?

Calcular el Impuesto sobre Sociedades puede parecer sencillo cuando el caso es básico, pero lo más frecuente en una asesoría es justo lo contrario. El cliente tiene situaciones particulares, dudas mal planteadas o elementos que requieren análisis técnico.

La cosa se complica, por ejemplo, cuando hay bonificaciones sectoriales o por actividades específicas, operaciones vinculadas con otras empresas del grupo, deducciones que se arrastran de años anteriores o bases imponibles negativas aún pendientes de compensar. También es habitual encontrarse con cuestiones de tipo impositivo reducido, regímenes especiales o entidades parcialmente exentas que requieren un tratamiento específico.

Recursos útiles

Para profundizar o aplicar lo aprendido, puedes apoyarte en estas herramientas:

Estos recursos son útiles tanto si gestionas tus propias cuentas como si trabajas en un despacho profesional.

Conclusión

Comprender cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades te ayudará a gestionar mejor tu empresa, planificar mejor tus impuestos y evitar errores frecuentes. Si quieres despreocuparte y asegurarte de que todo está bien hecho, contacta con un asesor especializado.

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