Cómo ser autorizado RED para operar con la Seguridad Social

Publicado 18 junio 2020 | Actualizado 27 febrero 2026

El Sistema RED es una plataforma online para que las empresas puedan comunicar y enviar documentación a la Seguridad Social. Mediante este sistema, las empresas y la TGSS interactúan e intercambiar información a través de Internet. Los autorizados RED pueden realizar diferentes trámites y gestiones como altas, bajas y variaciones de contratos, además de poder ingresar las cotizaciones de la Seguridad Social.

Si eres asesor y necesitas realizar trámites de tus clientes en la Seguridad Social, debes hacerte autorizado RED. Para ello, lo primero que vas a necesitar es el certificado digital. Después, debes solicitar la autorización correspondiente a la Tesorería General de la Seguridad Social. En este post te explicamos paso a paso cómo ser autorizado RED y qué trámites puedes realizar a través de este sistema.

autorizacion sistema red

Trámites que se pueden realizar con el Sistema RED

Mediante el Sistema RED se pueden realizar trámites y gestiones relativos a:

  • Cotización.
  • Afiliación.
  • Incapacidad temporal: tramitación de partes.
  • Envío de certificados por nacimiento y cuidado de hijos.
  • Gestión de autorizaciones.

En el marco de las medidas extraordinarias para mejorar la situación de la crisis provocada por el COVID-19, el Gobierno ha aprobado recientemente la ampliación de los trámites y gestiones que pueden realizar los autorizados RED. El ámbito de actuación de los autorizados RED se amplía también a aplazamientos, moratorias y devoluciones de ingresos para empresas y autónomos.

En este sentido, desde el pasado 31 de marzo, a través del nuevo servicio CASIA, creado dentro del propio sistema RED, también se pueden presentar solicitudes de muchos trámites que hasta ahora se debían gestionar de manera presencial en las administraciones de la Seguridad Social.

Cómo trabajar con el Sistema RED

Para poder trabajar con el Sistema RED como asesor/gestor de autónomos y/o empresas, existen dos maneras de hacerlo:

1. Registrándose como Autorizado RED y luego solicitando la asignación de CCC/NAF del cliente a la autorización. (A continuación te mostramos cómo hacerlo)

2. Desde el pasado 2 de abril del 2021 ha entrado en vigor la Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social.

A través de este Registro, toda persona física o jurídica puede ejercer su derecho a otorgar un apoderamiento a aquellas personas físicas o jurídicas que lo deseen. Este registro de apoderamientos se convierte así en un sistema de gran utilidad para los asesores/gestores, ya que permite realizar todas las labores en el ámbito de la Seguridad Social que la propia persona pudiera necesitar, con la ventaja de que el poderdante puede elegir qué materias permite gestionar a su asesor/gestor y cuáles no.

Si deseas más información en este sentido, puedes acceder al enlace de la Seguridad Social donde se explica esta utilidad.

Cómo ser autorizado RED

Para poder operar en el Sistema RED es necesario realizar dos trámites:

1) Solicitar autorización del Sistema RED. Desde diciembre de 2018 es posible cumplimentar y presentar en el mismo trámite el formulario FR.101- «Solicitud de autorización para el uso del Sistema RED» ante el registro electrónico. Este servicio se encuentra ubicado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) en el siguiente enlace  y es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico.

Una vez identificado, le aparecerá lo siguiente:

autorizado red

Aquí deberás elegir entre las siguientes opciones:

  • En nombre propio: para aquellos casos que gestionen únicamente Códigos de Cuenta de Cotización (CCC) y/o Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) cuyo NIF coincida con el NIF de la autorización.
  • En nombre de otros: cuando la autorización gestione CCCs y/o NAFs con un NIF diferente al de la autorización. En este caso se puede diferenciar entre:
    • En nombre de otros: Tercero (persona física): si la persona física o jurídica a la que se le concede la autorización no pertenece a ninguno de los colegios anteriormente citados. Esta sería la opción utilizada por aquellos asesores que quieren realizar las gestiones de sus clientes y pertenecen a nuestra asociación ASOCIAE.
    • En nombre de otros: Profesional Colegiado: cuando la persona física o jurídica a la que se concede la autorización sea un Profesional Colegiado ejerciente de alguno de los siguientes Colegios: Graduados Sociales, Gestores Administrativos, Abogados, Economistas, Titulados Mercantiles y Empresariales, Propiedad Inmobiliaria, Agentes Tributarios, Seguros, Administradores de Fincas Urbanas, Ingenieros Técnicos Industriales, Procuradores y Registradores.

Una vez elegida la opción que mejor se corresponda a tu petición, y al darle al botón de “siguiente”, deberás rellenar los datos que te soliciten e inmediatamente será gestionada tu autorización RED.

2) Solicitar la asignación de CCC/NAF a la autorización. Para ello, se debe presentar una documentación en función de si el autorizado RED y el NAF o CCCs a asignar, tengan igual o distinto NIF:

  • Rellenar el formulario FR 104 (cuando el autorizado RED y los CCCs y/o NAF a asignar o rescindir tengan el mismo NIF).
  • Rellenar el formulario FR 103 (cuando el autorizado RED y el NAF a asignar tengan distinto NIF).
  • Rellenar el formulario FR 10 (cuando el autorizado RED y los CCCs a asignar tienen distinto NIF).
  • También es posible realizar la asignación de CCCs/NAF a través del servicio disponible en Sistema RED Online, en la sección de Gestión de Autorizaciones. Al solicitar la asignación de un CCC o NAF el sistema comprueba si el NIF de la autorización coincide con el NIF del CCC o NAF a asignar. Si coincide lo asignará automáticamente. Si no coincide, la empresa deberá confirmar la asignación a través del servicio creado a tal efecto en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Importante:

  • Los autorizados RED deben disponer además de un programa de nóminas adaptado a este sistema RED, para poder presentar documentos de las series TC2 y solicitud de una de las modalidades de pago que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social. Este programa de nóminas puede ser que necesite la instalación de la aplicación WinSuite32 y/o SILTRA que proporciona la Seguridad Social. En este caso, será tu propio programa de nóminas quien te informará en este sentido.
  • Deben disponer de unos requisitos técnicos que le permitan operar en el Sistema RED.

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42 Comentarios

  1. Isabel

    Hola,
    He visto que en ASOCIAE solo existe un convenio colaborador con Hacienda, pero no veo de que forma se puede operar en el sistema red de la seguridad social, para hacer trámites a clientes (terceros) siendo persona física sin ser un profesional colegiado.
    Si me pueden ayudar a resolver esta duda. Gracias de antemano. Un saludo.

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Isabel. Gracias por tu comentario.

      Para darte de alta en el Sistema RED no es necesario estar colegiado ni asociado con nosotros, simplemente tienes que seguir las instrucciones de este post.

      Un saludo.

      Responder
  2. MILAGROS

    Hola, tengo 3 empresas, pero no soy colegiada ni profesional en españa
    Como puedo hacer para ser autorizado red?
    Esta permitido?
    Si quiero ser Gestor

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Milagros. Gracias por tu comentario.

      Para ser autorizado red no es necesario estar colegiado ni asociado con ninguna asociación. Puedes seguir las instrucciones de este post sin problemas.

      Un saludo.

      Responder
  3. Alex

    Muchas gracias por el post. Muy instructivos y claro. La única duda que surge es la diferencia entre ‘RED Directo’ y ‘Sistema Liquidación Directa’.

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Alex. Muchas gracias por tu comentario y tu opinión, nos alegra que te resulte útil el post.

      En cuanto a tu duda, la diferencia principal es que por Red Directo los trámites se hacen directamente por la web y el Sistema de Liquidación Directa es el que utilizan los programas de nóminas para enviar los datos en fichero xml.

      Esperamos haberte resuelto la consulta. Un saludo!

      Responder
  4. Belén Gómez

    Hola buenos días, tengo una duda, qué diferencia hay entre transmitir por la Winsuite a Siltr@?
    Si soy usuario secundario de un autorizado a Sist Red, mi pc tiene que tener descargado mi DNI electrónico o utilizaría el del usuario principarl?
    Gracias

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Belén. Gracias por tu comentario.

      Entendemos que utilizas un programa de laboral para realizar trámites con la Seguridad Social, te recomendamos que contactes con la empresa de software para que te informen de la configuración técnica óptima en tu caso.

      En cuanto al acceso con certificado, solo se puede acceder con el certificado del Autorizado Red.

      Un saludo.

      Responder
  5. ana

    Una vez hecha la solicitud para ser autorizado RED hay que firmar algún documento de la seguridad social o ya se da de alta automáticamente

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Ana. Gracias por tu comentario.

      Todo el proceso de alta es online, por lo tanto, los documentos a firmar que te irán apareciendo, los firmarás con tu certificado digital.

      Un saludo.

      Responder
  6. Laura

    Cuanto tarda la TGSS en responder a la solicitud? Se puede tramitar un alta de un empleado en una empresa presentando el modelo TA2.S a través del Registro General Electrónico?

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Laura. Gracias por tu comentario.

      Para resolver tu duda lo mejor es que la plantees directamente a la TGSS, ahí podrán aconsejarte cuál es la mejor manera de tramitar el alta de un empleado.

      Un saludo.

      Responder
  7. Laura

    Buenos días,

    Tengo una duda sobre el autorizado red en nombre de otros: Tercero (persona física). Con esta autorización puedo autorizarme y gestionar tanto personas físicas como jurídicas? o solamente me serviría para gestionar personas físicas? Gracias de antemano,

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Laura. Gracias por tu comentario.

      A la hora de registarse como Autorizado RED al elegir en nombre de otros: Tercero (persona física), solo podrás ser autorizado para personas físicas. Sin embargo, si eres profesional colegiado, podrás elegir la tercera opción y así ser autorizado también para personas jurídicas.

      Por otro lado, puedes escoger la otra opción para trabajar con el sistema RED: A través del Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social. De esta forma, toda persona física o jurídica puede ejercer su derecho a otorgar un apoderamiento a aquellas personas físicas o jurídicas que lo deseen.

      Si tienes cualquier duda, te aconsejamos que lo consultes directamente con la TGSS. Un saludo.

      Responder
  8. isabel

    Buenos días, leyendo el post me han surgido dudas. ¿Estos pasos a seguir son para autorizarte CCC y NAF o para tú poder operar en SISTEMA RED? Tengo una empresa con varios centros de trabajo y varios trabajadores y queremos desligarnos de asesoría y gestionar nosotros mismo el alta, para ello necesitamos hacernos AUTORIZADOS RED. ¿Qué necesitamos o qué requisitos exigen? gracias

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Isabel. Gracias por tu comentario.

      En tu caso, como quieres realizar trámites de tus propios trabajadores, debes darte de alta en el Sistema Red en el aparatado: “En nombre propio”. Y seguir los pasos que aparezcan a continuación.

      Sintiéndolo mucho, no podemos dar soporte sobre el proceso de alta porque la Seguridad Social cambia constantemente los menús y las casillas, por lo tanto, si necesitas soporte al respecto, debes contactar directamente con la Seguridad Social.

      Un saludo.

      Responder
  9. gabriela

    hola buenas soy autonomo y es primera vez que contrato un empleado con una gestoria para evitarme estos rollos y aun así me dicen que debo yo pagar la relación de cotizaciones del empleado (RLC) en la seguridad social con el sistema red. en tu ejemplo dices que se debe solicitar autorización (yo ya lo hice y no me responden) no se si es porque se tardan mucho en responder o si es que me falta tu segundo paso de la solicitud del CCC (yo tengo el numero del CCC porque me lo dio la gestoria en su momento de dar el alta al empleado) que debo hacer? gracias

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Gabriela. Gracias por tu comentario.

      Te aconsejamos que consultes tu caso directamente con la Seguridad Social. Nosotros somos una empresa de servicios para asesores, no podemos ayudarte con tu problema.

      Un saludo.

      Responder
  10. luis

    Hola

    quiero trabajar por cuenta propia como asesor de empresas pero tengo una duda: entiendo que si sólo represento a personas físicas -empresarios individuales o autónomos- no tendría porqué estar colegiado para ser autorizado pero si tuviera algún cliente persona jurídica como una sociedad limitada…. ¿Debería estar colegiado para poder ser autorizado o no es necesario?

    Muchas gracias

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Luis. Gracias por tu comentario.

      Así es, si no estás colegiado solo podrás elegir, a la hora de registarse como Autorizado RED, la opción de «en nombre de otros: Tercero (persona física)». De esta forma solo podrás ser autorizado para personas físicas. Sin embargo, si estuvieras colegiado, podrías elegir la tercera opción y así ser autorizado también para personas jurídicas.

      Por otro lado, también puedes escoger la otra opción para trabajar con el sistema RED: A través del Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social. De esta forma, toda persona física o jurídica puede ejercer su derecho a otorgar un apoderamiento a aquellas personas físicas o jurídicas que lo deseen, sin necesidad de estar colegiado.

      De todas formas, si tienes cualquier duda, te aconsejamos que lo consultes directamente con la TGSS, para mayor seguridad.

      Un saludo.

      Responder
  11. Eva

    Buenos dias
    tenemos una gestoria que nos trmaita todo pero necesito darme de alta en red para pdoer dar cumplimiento a la obligacion de TGSS en cuanto a faciltar informacion relevante sobre la sociedad (en realidad falta dia de alta de la empresa folio tomo etc) y no se como hacerlo sin desautorizar a la gestoria, mi consulta es puede una empresa tener varios autorizados red, en este caso la asesoria y nosotros mismos si nos e puede como podriamos darnso de alta como secundarios red ?¿?
    Muchas gracias ¡¡¡

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Eva. Muchas gracias por tu comentario.

      Te aconsejamos que, por la complejidad de tu caso, mejor que lo consultes directamente en la TGSS. Ahí te podrán aconsejar y responder tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  12. Daniel

    Buenos días, tengo una duda parecida a la de comentarios anteriores. Actualmente tenemos contratada una gestoría para que nos gestione todos los tramites pero nosotros también queremos tener acceso a RED en caso de emergencia. La gestoría tiene acceso como PROF.COLEGIADO, supongo, que si hago el trámite como en nombre de la empresa la empresa como tal tendrá acceso a RED sin molestar las funciones de la gestoría pues son tipos de autorizados diferentes. ¿Estoy en lo cierto? Un saludo.

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Daniel. Muchas gracias por tu comentario.

      Te aconsejamos que, para mayor seguridad, lo consultes directamente en la TGSS.

      Un saludo.

      Responder
  13. jose

    Buenos días,

    nosotros somos una asesoría administrativa y sobre todo hacemos gestiones a particulares como por ejemplo tramitar pensiones, ingreso mínimo vita, paternidad o maternidad etc..

    ¿con el sistema Red podríamos presentar prestaciones económicas en nombre de terceros siendo estas personas físicas?

    Un saludo.

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola José. Gracias por tu comentario.

      Así es. Tendrías que elegir, a la hora de registrarte como Autorizado RED, la opción de «en nombre de otros: Tercero (persona física)». De esta forma podrás ser autorizado para personas físicas, pero no jurídicas.

      De todas formas, si tienes cualquier duda, te aconsejamos que lo consultes directamente con la TGSS, para mayor seguridad.

      Un saludo.

      Responder
      • jose

        no me da la opción de persona física solo en nombre de tercero persona juridica

        Responder
        • Asesor Excelente

          Hola José,

          En este caso te aconsejamos que contactes con el soporte de la Seguridad Social, para que puedan analizar tu caso y ver cuál sería la mejor manera de hacerlo.

          Un saludo!

          Responder
  14. Juan

    Buenos dias,
    nuestra gestoria tiene acceso a nuestro sistema RED para poder hacer gestiones.
    Podemos también tenerlo nosotros a la vez que ellos para poder realizar algunas gestiones?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Juan. Gracias por tu comentario.

      No tenemos claro si es posible tener activas las dos opciones: ser autorizado RED en nombre propio y también en nombre de terceros. Te aconsejamos que formules tu pregunta directamente a la TGSS, ellos te indicarán mejor si es posible y cómo hacerlo.

      Un saludo.

      Responder
  15. Carmen salamanca sabariego

    Me he dado de alta en red, pero enlos tramites que puedo hacer no aparece altasy bajas de trabaajdores

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Carmen. Muchas gracias por tu comentario.

      Te recomendamos que consultes directamente con la TGSS, para que ellos te puedan ayudar con tu incidencia. Nosotros no pertenecemos a la Seguridad Social y no podemos darte soporte en este sentido.

      Un saludo.

      Responder
  16. Rebeca

    Buenos días,

    En cuanto a la posibilidad de recurrir al Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social, consultada la Orden reguladora del mismo, la Disposición adicional primera establece que la representación en el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social RED) se rige por su propia normativa, por lo que parece que esa posibilidad de establecer la representación mediante un apoderamiento en este Registro no es posible para el uso de este sistema. ¿Es esto correcto?

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Rebeca. Gracias por tu comentario.

      Te aconsejamos que consultes tu duda directamente con la TGSS, nosotros no podemos darte soporte al respecto de este tema porque ni nosotros, ni ninguna otra asociación tiene convenio con la Seguridad Social, por lo tanto ni estamos informados de posibles cambios o incidencias, ni podemos intervenir para solucionarlos.

      Un saludo.

      Responder
  17. Susana R.

    Hola a todos,
    ¡Estoy muy confundida!

    Soy una empresaria en Portugal con sucursal en Madrid. La gestión de la nómina se entrega a una empresa que lo hace todo. Sin embargo, ahora sentí la necesidad de tener acceso al sistema RED para comprobar las bajas accidentales de un empleado.

    La empresa me dice que solo ellos pueden tener acceso, y ahora entiendo por tu post que puede tener que ver con el sistema de nómina, sin embargo, ¿no podría tener acceso solo para consultar documentos?

    Ya he consultado la web de la Seguridad Social y hablan de usuarios secundarios.

    En Portugal es diferente, tengo acceso que me permite hacer todo y no depende del software que uso para el procesamiento de nómina.

    Ahora me siento perdida, ¿pueden ayudarme? Muchas Gracias

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Susana. Gracias por tu comentario.

      Debido a la particularidad de tu caso, te recomendamos que lo consultes mejor directamente con la Tesorería General de la Seguridad Social. Desde el equipo de soporte técnico seguro podrán resolver tu duda y facilitarte el acceso al Sistema RED.

      Un saludo.

      Responder
  18. Javier

    Hola, ¿para poder operar en nombre de terceros para personas jurídicas vale con asociarme a ASOCIAE o es necesario además estar colegiado y contar con número de colegiado?

    Un saludo.

    Responder
    • Asesor Excelente

      Hola Javier. Gracias por tu comentario.

      Para ser Autorizado RED no es obligatorio estar colegiado. A la hora de elegir el tipo de autorización tienes tres opciones: En nombre propio, En nombre de otros: Tercero (persona física) y En nombre de otros: Profesional Colegiado.

      De todas formas, para asegurarte y resolver mejor tu duda, puedes contactar con la TGSS.

      Un saludo.

      Responder
  19. Jose

    Buenas noches, soy autónomo y autorizado RED, mi duda es la siguiente. ¿Si me doy de baja de autónomo puedo seguir siendo autorizado RED o perdería dicha autorización?

    Responder
    • Leonor Cañuelo

      Hola Jose. Gracias por tu comentario.

      Para aclarar mejor tu duda lo ideal es que contactes con la TGSS, ellos podrán darte soporte al respecto.

      Un saludo.

      Responder
  20. Naroa

    Hola
    Soy una persona física, sin poderes de representación de la empresa jurídica que quiero gestionar en sistema red. En este caso, para que yo pueda gestionar el sistema red (altas, bajas, modificaciones…) hemos rellenado la solicitud entrando con el certificado digital de empresa, alta a terceros y me he autorizado como usuaria principal del sistema red pero me surge duda de si esto es del todo correcto porque como os decía no tengo representación de la empresa. Quizás tenga que estar como usuaria secundaria en lugar de usuaria principal…
    Os agradecería mucho si me resolvieras la duda de si esto está correcto,
    Muchas gracias

    Responder
    • Leonor Cañuelo

      Hola Naroa. Muchas gracias por tu comentario.

      Te aconsejamos que formules la consulta directamente a la Seguridad Social, para que ellos puedan ayudarte con tu caso concreto.

      Un saludo.

      Responder

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