El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores recoge “que los trabajadores tienen derecho a 14 festivos al año con carácter retribuido y no recuperables”. No obstante, el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983 sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos establece lo siguiente reconoce que “cuando excepcionalmente y por razones organizativas o técnicas no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente, la empresa está obligada a abonar a los trabajadores, además de los salarios correspondientes, el importe de las horas trabajadas en el día festivo”.
Vamos a trasladar esta situación al sector de la hostelería, un gremio en el que habitualmente se suelen trabajar los días festivos y fines de semana. Si un trabajador trabaja un día festivo, ¿hay que compensarle con otro día? ¿retribuirle? ¿ambas cosas?
Los festivos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores son un derecho de mínimos para los trabajadores, por lo que se puede mejorar por Convenio Colectivo, o acuerdo entre las partes.
Si el convenio no diga nada al respecto del trabajo en festivos, vemos que el Estatuto tampoco recoge nada en este sentido, porque esta materia es propia de la negociación colectiva, o acuerdo entre las partes. Por lo tanto, si el convenio colectivo no establece nada, será la empresa y el trabajador los que, de mutuo acuerdo, pacten cómo se va a compensar el hecho de que se trabaje en festivo.
Así lo normal es:
- Se acumulan al periodo anual de vacaciones.
- Se disfruta en un periodo distinto.
- Se disfruta acumulado al periodo de descanso semanal.
- Se retribuye.
En cuanto a la retribución, al no establecerse nada en el convenio colectivo, y salvo acuerdo de las partes, debemos estar a lo establecido en el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, cuyo artículo 47 establece:
«Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la Empresa vendrá obligada a abonar al trabajador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio».
Por lo tanto, respetando lo establecido en el Real Decreto indicado, las partes pueden alcanzar el acuerdo que estimen oportunos, no siendo nula la cláusula que pacten. En caso de desacuerdo, habría que acudir a la vía judicial.
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Trabajo 60 horas semanales de alta en ss 40 horas gano 5 euros la hora los festivos y domingos igual, no tengo ningun domingo ni festivo Al mes si hay horas extra las cobro a 5 euros tb
A mi me pasa parecido, entre 45 y 50 horas y trabajo todos los festivos y domingos. La diferencia es k no me pagan las horas. Estoy hablando d hostelería claro
Hola Juan y Vanesa. Gracias por los comentarios.
Lo mejor es que consultéis con un asesor laboral para resolver vuestra duda. Nosotros podemos poneros en contacto con uno de nuestros Asesores Excelentes.
Un saludo.
Hola! Tengo contrato de 20 horas semanales repartidos en viernes,sabado y domingo, este año el 25 y el dia 1 cayeron en domingo y mis jefes cerraron me dicen que me descuentan esos 2 días de mis vacaciones o los recupero,eso es así?
Hola Patricia. Gracias por tu comentario.
Te aconsejamos que consultes con un asesor laboral que te ayude a resolver tu duda con tu caso concreto. Nosotros no podemos ayudarte, no prestamos servicios de asesoría. Si lo deseas podemos ponerte en contacto con uno de nuestros miembros de Asesor Excelente.
Un saludo.
Trabajo de cocinera en un hospital segun convenio es de hosteleria, si yo mi dia de librar me cae en un festivo, me tienen que dar un dia mas? O al caer en festivo libro y n me deven nada.
Hola Josefina. Gracias por tu comentario.
Te aconsejamos que consultes con un asesor laboral para resolver tu caso. Si lo deseas podemos ponerte en contacto con uno de nuestros Asesores Excelentes.
Un saludo.
Llevo trabajando en esta empresa desde el 25 de marzo 2022. He trabajado todos los festivos menos un desde entonces y me los pagan como día extra ya que la semana que hay un día festivo solp libro un día en lugar de dos como siempre, con lo cual me pagan esas 8 horas extras semanales. Mi duda es cuantos festivos me corresponden en este periodo de tiempo trabajado hasta final del año. Gracias , saludos!
Hola Halbert Briant. Gracias por tu comentario.
Te aconsejamos que consultes con un asesor laboral para resolver tu duda sobre los festivos que te corresponden. Si lo deseas podemos ponerte en contacto con uno de nuestros miembros de Asesor Excelente.
Un saludo.
60 horas semanales de alta 40 a 5 euros los domingos y festivos a 5 euros y horas extra a 5 euros tb
Hola buenas noches, soy camarero y quería saber si estoy obligado a trabajar los días feriados? Gracias por su tiempo y ayuda.
Hola Alejandro. Gracias por tu comentario.
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Un saludo.
empecé a trabajar en un hotel el año pasado desde julio hasta septiembre….de duración determinada , eventual….este año empecé en mayo y termino el día 31 de octubre….me hicieron contrato de fija-fija discontinua…..me pertenece el día personal antes de terminar…..gracias.
Hola Niki. Gracias por tu comentario.
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Un saludo.
Mi pregunta es si la empresa está obligada a pagarnos los festivos, ya que mi cafetería se trabaja todos los días del año y se libra si nos cuadra con los horarios que son rotativos. Pero sino se trabaja. Me los tienen que pagar como festivo??
Hola Raquel. Gracias por tu comentario.
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hola necesito aseseoria personalizada
Hola Katherinne. Muchas gracias por tu comentario. En breve nos pondremos en contacto contigo a través de tu email.
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