Píldora de Laboral: Curso La obligación de registro de jornada a partir del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo.
| Tipo de curso | Píldora de Laboral |
| Modalidad | Online. Vídeos siempre disponibles en tu plataforma. |
| Duración | 1 hora |
| Fecha última actualización | 30 de abril de 2025 |
| Tutorizado | Sí |
| Documentación | Sí |
| Profesor | D. Alejandro García Gutierrez. Profesional con más de 25 años de experiencia en la dirección y gestión laboral y de RRHH en empresas de gran tamaño. Experiencia en el sector de la consultoría como responsable de outsourcing de nómina. |
| Precio | 30 euros + IVA |
| Precio para miembros de Asesor Excelente | GRATIS |
Información del curso
El Curso La obligación de registro de jornada a partir del Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo te prepara para entender todos los cambios que traerá la futura reforma laboral: reducción de la jornada máxima a 37,5 horas semanales, registro obligatorio de todas las pausas, y nuevas exigencias sobre los medios digitales para el control horario.
En solo una hora de formación online, conocerás las diferencias entre la normativa actual y la futura, las responsabilidades empresariales, los requisitos del sistema de registro y las consecuencias de su incumplimiento. Todo de la mano de un experto en gestión laboral y RRHH.
Anticípate a los cambios legales y ayuda a tus clientes a cumplir con la nueva normativa laboral de forma eficaz y segura.

Qué cambios nos esperan
El Anteproyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión prevé reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales y traerá aparejada la obligación de anotar todas las pausas que afecten al cómputo del tiempo de trabajo para lograr una regulación precisa del registro de jornada.
Esto conlleva que entrará en vigor un nuevo artículo 34 bis en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET) que vendrá a regular de forma armonizada y completa todos los aspectos del registro de jornada.
Pero, ¿no existía ya la obligatoriedad de realizar un registro diario de jornada?
Efectivamente, el artículo 10 del Real Decreto Ley 8/2019 modificó el artículo 34 del ET, extendiendo la obligación del registro de jornada -que ya existía previamente para las personas trabajadoras a tiempo parcial- a todos los empleados.
¿Qué novedades introduce entonces la futura modificación del registro? El borrador del anteproyecto indica que ese registro diario de jornada debe realizarse por medios digitales e introduce los requisitos de objetividad, fiabilidad y accesibilidad del registro, de modo que los trabajadores practicarán los asientos de forma personalizada y directa inmediatamente al inicio y finalización de cada jornada, y también registrarán todas las interrupciones que afecten a su cómputo.
Habrá que registrar pausas como las del café, el cigarrillo, el desayuno o las salidas fuera de la oficina, aunque cada empresa deberá definir internamente qué considera tiempo de trabajo y qué considera trabajo efectivo.
En paralelo, aunque se deberán utilizar medios digitales, no se puede fichar con huella dactilar o a través del reconocimiento facial debido a las directrices del Comité Europeo de Protección de datos emitidas en abril de 2023. Por lo tanto, las empresas no pueden obligar a sus trabajadores a fichar con alguno de estos dos medios, sin su consentimiento voluntario.
Como ves, esta obligación futura para la empresa requiere conocer todos los aspectos que le afectan, ya que su incumplimiento es sancionable y constituye una infracción grave.
También hay que tener en cuenta que las empresas sin registro horario para sus plantillas deben abonar la jornada completa a sus trabajadores empleados a tiempo parcial, como recoge una sentencia de 2023 del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
En la actualidad el Anteproyecto de Ley está pendiente de su tramitación en el Congreso de los Diputados, y Asesor Excelente te propone que te adelantes y te prepares ya con un curso muy corto en forma de píldora formativa que en una sola dosis te explica toda la teoría y la práctica que necesitas: curso La obligación de registro de jornada a partir del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo.
Esta formación concentrada además es muy visual, e incluye información laboral imprescindible.
Tras el visionado de esta píldora, tú y toda la oficina estará actualizada en lo referente a la futura obligación del registro de jornada y podréis asesorar a vuestros clientes sobre el sistema que necesitan utilizar o cómo decidir qué pausas registrar o no.
Avance del curso
SÍNTOMAS
Como gestor o asesor te interesa conocer cuanto antes qué modificaciones conllevará la obligación del registro de jornada…
- Deseas conocer si será necesaria una negociación colectiva o consultar con los representantes de los trabajadores para decidir cómo organizar y poner en funcionamiento el nuevo registro de jornada.
- Te preguntas cuáles serán las obligaciones en materia de registro de las horas extraordinarias.
- Necesitas conocer qué características concretas debe cumplir el medio digital escogido para el registro de jornada.
- Buscas un profesional que imparta formación fiable sobre esta temática
- Quieres una formación en la que se compare la ley anterior con la futura para visualizar los cambios claramente.
- Dispones de poco tiempo para aprender estos conocimientos tan necesarios.
- Buscas formación directa que se centre en lo importante y no te haga perder tiempo.
Si tienes alguno de los síntomas, la prescripción de Asesor Excelente es que tomes una píldora formativa del curso “La obligación de registro de jornada a partir del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo”, para actualizar tus conocimientos laborales.
FACULTATIVO
El ponente de esta formación laboral en dosis concentrada es D. Alejandro García Gutiérrez, Payroll Manager en IOT. Este profesional cuenta con más de 25 años de experiencia en la dirección y gestión laboral y de RRHH en empresas de gran tamaño (entre 1.000 y 8.000 empleados, y con más de 40 convenios colectivos).
Además, tiene amplia experiencia en el sector de la consultoría como responsable de outsourcing de nómina, y también ha participado en proyectos de implantación de grandes soluciones de RRHH.
Es un formador experto en seminarios y cursos, labor que compagina con el resto de sus responsabilidades desde 2014.
COMPOSICIÓN
El curso cuenta con el siguiente temario que se desarrolla en un único vídeo de una hora de duración:
- Régimen jurídico
- La obligación de registro de jornada
- Ámbito subjetivo
- El objeto del registro de jornada
- Medios/soportes para efectuar el registro
- Conservación y puesta a disposición
- Responsabilidades de la empresa
- Infracciones y sanciones
POSOLOGÍA
Puedes ver la píldora formativa del curso “La obligación de registro de jornada a partir del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo” cuantas veces desees.
Solo necesitas una hora de tiempo -preferiblementelibre de distracciones-, un dispositivo digital conectado a datos móviles o a una red wifi -ordenador, portátil, tablet o teléfono móvil- y unos auriculares o altavoces.
Puedes ver la clase a tu ritmo, parando para tomar notas o continuando cuando te vaya mejor.
CONSERVACIÓN
Esta píldora formativa está disponible a partir del 29 de abril de 2025.
Si eres socio de Asesor Excelente o Asesor Excelente lite lo tienes en tu Área Privada, donde continúa indefinidamente, mientras no abandones la plataforma.
Si no eres socio, pero abonas este curso suelto, tienes acceso permanente a esta píldora.
Puedes acudir a ella siempre que la práctica te presente alguna duda.
Si buscas formación rápida que este 2025 despeje tus dudas sobre la futura obligación del registro de jornada, esta píldora formativa va a aliviar los síntomas. Prueba una y repite siempre que lo necesites.
Programa del curso
- Ámbito subjetivo
- Objeto del registro de jornada
- Medios/Soportes para efectuar el registro
- Conservación y puesta a disposición
- Incumplimientos
