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Curso Despido disciplinario y el requisito formal de la Audiencia Previa ex artículo 7 del Convenio 158 OIT

¿Cómo actuar ante la disparidad de criterios judiciales contrarios?

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 13 de febrero de 2023 pone sobre la mesa la obligatoriedad de cumplir con el requisito de audiencia previa recogido en el art. 7 del Convenio 158 OIT.

Hasta el momento y ante un despido disciplinario, se entendía que la conciliación previa daba respuesta al mandato de este organismo internacional y se consideraba que este art.7 venía a complementar el Ordenamiento español, que es el que suele prevalecer ante estos despidos.

A la espera de que se pronuncie el Tribunal Supremo, puedes tener muchas dudas durante este tiempo intermedio:

  • ¿Manejas con soltura el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT?
  • ¿Conoces las sentencias judiciales anteriores, que han eludido la necesidad de audiencia previa ante el despido disciplinario?
  • ¿Tienes claro qué hacer ante un despido disciplinario, mientras el TS no se pronuncia sobre la sentencia del TSJ Baleares?
  • ¿Sabes si sigue siendo válido entregar la carta de despido en el mismo acto de conciliación, si este acaba sin solución?
  • ¿Necesitas una experta en el tema que te aclare la legalidad vigente?
  • ¿Dispones de poco tiempo para actualizarte y quieres información completa y constrastada?

Asesor Excelente dispone del Curso Despido disciplinario y el requisito formal de la Audiencia Previa ex artículo 7 del Convenio 158 OIT, muy necesario para actuar con criterio ante este tipo de despidos, a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el tema.

Esta formación está impartida por una ponente con gran experiencia en Derecho del Trabajo y se desarrolla en solo una hora de duración y formato online. De este modo puedes ponerte al día sin moverte de tu despacho, dedicando el tiempo imprescindible a adquirir nuevos conocimientos, o refrescar los que ya tienes.

En tu sector necesitas actualización constante si quieres ser competitivo, y Asesor Excelente te ayuda a ello, seleccionando las temáticas más actuales y poniendo a tu disposición a los mejores especialistas en cada tema.

Tú solo tienes que hacer hueco en tu agenda para formarte.

¿Qué aprendes en el Curso Despido disciplinario y el requisito formal de la Audiencia Previa?

Esta formación es directa y muy esclarecedora. Justo lo que necesitas ahora que la sentencia del TSJ de Baleares de 13 de febrero ha abierto la puerta a las dudas cada vez que te encuentras ante un despido disciplinario.

Aunque esta y otra sentencias desean dar seguridad jurídica a las partes, lo que están provocando es justo el efecto contrario.

Por eso vemos necesario una formación que te ayude en esta dirección.

Te ponemos un poco en antecedentes del caso de Baleares que ha sacado de nuevo a la palestra el artículo 7 del Convenio 158 OIT.

Se trata de un profesor de música que trabajaba para una fundación perteneciente al sector público instrumental de Baleares y que fue despedido por acoso sexual a unas alumnas. El despido fue procedente en la instancia, y el trabajador recurrió alegando varios motivos, entre ellos la exigibilidad o no de un expediente disciplinario.

Resumiendo mucho, el TSJ de Baleares entiende que debe acudirse al art. 7 del Convenio 158 OIT, que indica que “No deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad”.

La finalidad de esta norma es reforzar el principio fundamental del derecho de defensa, en especial cuando el motivo de despido puede comprometer la carrera y el futuro de la persona. Además, esta norma indica que el trabajador debe poder defenderse antes de que termine la relación de trabajo.

Hasta ahora este derecho a audiencia previa en caso de despido en nuestra legislación se reconoce a los representantes sindicales y a los trabajadores de las Administraciones Públicas, y puede extenderse por convenio colectivo a otros trabajadores.

Las implicaciones de esta sentencia son de tal alcance que están a la espera de que el TSJ unifique doctrina, ya que ahora mismo se contradice con sentencias anteriores que se estudian en el curso, y porque supone extender el derecho de audiencia previa a todo despido disciplinario.

Muchas son las dudas que surgen de todo ello. Por ejemplo, se puede entender que si se entrega la carta de despido en el mismo acto de conciliación, sin solución de continuidad, esta se ha redactado antes de escuchar al trabajador y no cumple con la legalidad.

Tampoco se sabe qué calificación jurídica debe recibir un despido que no ha cumplido (o no suficientemente) con el requisito de la OIT.

Llegados a este punto y a la espera de la unificación de doctrina por el TS, en este curso conoces los criterios judiciales aplicados posteriormente a la sentencia balear y también aprendes qué hacer en la práctica cuando tienes que lidiar con un despido disciplinario.

Si buscas una formación completa y directa sobre el despido disciplinario y el requisito formal de la Audiencia Previa, este curso de Asesor Excelente es justo lo que necesitas.

¿Quién es la ponente de esta formación?

Este curso lo imparte Dña. Cristina Rincón, abogada en ejercicio con más de dos décadas de experiencia.

Su especialidad es el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

Actualmente trabaja en su despacho, ASERSA, y también ejerce como profesora asociada en el Centro de Estudios Financieros (CEF) y la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA).

¿Qué temas trata el curso Despido disciplinario y el requisito formal de la Audiencia Previa?

Durante la hora de duración del curso, Dña. Cristina Rincón analiza en profundidad el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT. Y luego pasa a examinar la improcedencia del despido, teniendo en cuenta diversos criterios judiciales a favor y en contra.

Este es el temario:

  1. El artículo 7 del Convenio 158 de la OIT
  2. ¿Es improcedente el despido?. Criterios judiciales a favor y en contra

Fecha

5 octubre 2023 - 15 noviembre 2023

Localización

Online
Sin desplazamientos
Tipos de cursos

Profesor

Dña. Cristina Rincón

Abogada en ejercicio con más de 20 años de experiencia. Experta en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Simultánea el ejercicio profesional en su despacho, ASERSA, con la docencia desde hace 16 años. Profesor asociado del Centro de Estudios Financieros (CEF) y la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA).