
Curso sobre Cómo contabilizar la regla de la prorrata en el IVA
Nuestro servicio de Píldoras Contables es un servicio exclusivo para socios de Asesor Excelente.
El objetivo es que nuestros clientes puedan resolver de forma práctica, rápida y sencilla, aquellas dudas que puedan surgir a la hora de realizar cualquier tipo de asiento contable.
En esta sesión, el experto en Contabilidad Analítica y jefe de Servicio de la AEAT, Juan Romero, explica en detalle cómo se deben contabilizar la regla de la prorrata en el IVA.
Según el art. 102 de la Ley del IVA (en adelante LIVA), la regla de prorrata resulta aplicable en el caso en el que el sujeto pasivo efectúe conjuntamente, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones de análoga naturaleza que no habilitan para el ejercicio de dicho derecho.
Según el art. 103 de la LIVA, la regla de prorrata tiene dos modalidades de aplicación, general y especial.
Regla de prorrata general: se emplea cuando no se dan las condiciones para aplicar la prorrata especial.
Regla de prorrata especial: se aplica en los casos siguientes:
Cuando los sujetos pasivos optan por la aplicación de dicha regla.
Cuando el montante total de las cuotas deducibles en un año natural por aplicación de la regla de la prorrata general exceda en un 10 por ciento o más del que resultaría por aplicación de la regla de la prorrata especial
Este y otros temas serán tratados en este curso eminentemente práctico donde aprender a contabilizar este aspecto tan habitual en el IVA.