¿El registro de horas te está quitando el sueño?

13 mayo 2019 | 0 Comentarios

Ante la avalancha de información que estarás recibiendo últimamente sobre el registro obligatorio de la jornada de trabajo de los empleados, desde Asesor Excelente queremos enviarte un mensaje de calma y tranquilidad. De hecho, hoy mismo, el Ministerio de Trabajo ha publicado una guía oficial con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, en el que se recogen criterios, a mero título informativo, en relación con este deber formal empresarial.

(Puedes descargarte esta guía oficial publicada por el Ministerio de Trabajo haciendo clic en el botón de descargar que encontrarás al final de este artículo)

Desde el pasado 12 de mayo de 2019 entraba en vigor el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que modifica el art. 34 Estatuto de los Trabajadores, instaurando el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente.

Este registro horario se puede realizar a libre elección de la empresa, siempre que no se haya alcanzado acuerdo previo con los representantes de los trabajadores o estuviera concretado en el convenio colectivo de empresa, y siempre que se garantice la fiabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada. Salvo futura modificación normativa que lo especifique, puede realizarse mediante sistemas manuales, analógicos o digitales.

Teniendo en cuenta el bombardeo de emails que estarás recibiendo en las últimas semanas sobre la nueva norma y las consecuencias de sus posibles incumplimientos, desde Asesor Excelente queremos tranquilizarte.

Es importante que sepas que la ley no obliga a contratar un software o hacer una gran inversión para su aplicación. Lo que el Real Decreto-ley establece es que has de registrar las horas reales que tus empleados realizan en su jornada diaria, y que ese registro se ha de llevar desde el medio que consideres oportuno.

Es posible que te intenten atemorizar ante la posibilidad de recibir elevadas sanciones si no contratas un software. No tengas miedo, la ley es nueva para todos y su entrada en vigor conlleva la consiguiente adaptación en el tiempo, de hecho la actual ministra de trabajo ya ha indicado que las inspecciones de trabajo actuaran de forma mesurada siempre y cuando se demuestre una “intención clara de cumplir con la norma”, te dejamos enlace con sus declaraciones. Estas mismas declaraciones han sido ratificadas hoy mismo, aunque ha hecho especial hincapié en la determinación del ministerio en la implantación de este sistema, enlace con sus declaraciones.

En este sentido, desde Asesor Excelente consideramos que esta norma puede ser una gran oportunidad para todos los despachos profesionales. Entendemos que lo importante no es tanto la manera o el medio en la que cada empresa capturará las horas trabajadas sino en que los despachos puedan ofrecer un servicio integral a sus pymes y autónomos.

Desde nuestro punto de vista, lo realmente necesario para una asesoría es disponer de un software capaz de gestionar las horas trabajadas por los empleados de sus clientes y generar de forma automática sus correspondientes nóminas, independientemente de la situación de ese trabajador. En resumen, tu labor como asesor es facilitar a los clientes, autónomos, pymes y empresas, un servicio de gestión laboral integral, y para ello entendemos que es fundamental contar con un software que te lo permita, independientemente de si tu cliente tiene un software propio de registro de horas, si utiliza una hoja Excel o cualesquiera sea el método elegido para obtener ese citado registro.

En este sentido, a través del convenio de colaboración firmado con Aplifisa, ponemos a tu disposición en este enlace la información de su solución de gestión integral laboral, que cumple con los parámetros que hemos citado anteriormente y consideramos de total utilidad para nuestros asesores.

En Asesor Excelente nuestra labor es la de informarte ante cualquier modificación normativa que pueda producirse, así como mantenerte al día de los criterios que vaya adoptando la inspección de trabajo o las diferentes sentencias que puedan ir surgiendo al respecto. Por esta razón, estamos preparando un curso especial sobre este tema, con casos reales que marquen las directrices marcadas por inspección, así como las diferentes experiencias que vayan surgiendo.

Nuestra labor también es la de asesorarte en momentos como este, así como ofrecerte soluciones que por calidad y precio, gracias al colectivo que representamos, puedan ser de tu interés.

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