Cuando se produce un fallecimiento en la familia y se debe proceder al reparto de la herencia surgen, y lo sabemos, diversos conflictos familiares. En muchas ocasiones, llegado este momento estallan rencillas y problemas que se han venido arrastrando durante años y que no se han resuelto. Algunos herederos ponen impedimentos a otros, y la escasa comunicación entre ellos puede dificultar todo el proceso de reparto de la herencia del fallecido.
Saber el saldo de las cuentas bancarias o, incluso, conocer los bienes del fallecido puede ser una tarea complicada para algunos herederos a los que les es imposible obtener esta información por el cauce normal, es decir, a través del resto de herederos del difunto. Cuando la relación y la comunicación entre los sucesores es escasa o nula, debido a problemas y conflictos anteriores, a la hora de aceptar una herencia las cosas se complican.
¿Puede uno de los herederos solicitar la información que necesita a las entidades bancarias, a los ayuntamientos y a las comunidades autónomas
En este sentido, recordamos que la presentación de la declaración o autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones debe realizarse en el plazo de seis meses desde el fallecimiento, si bien puede solicitarse ampliación por otros seis meses dentro de los primero cinco meses desde el fallecimiento. También hay que liquidar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) en el mismo plazo, aunque en este caso la prórroga se puede solicitar en cualquier momento de los primeros seis meses.
Para presentar el impuesto se debe haber realizado una declaración notarial de aceptación y adjudicación de herencia o un cuaderno particional privado.
Modelo 650
El impuesto modelo 650 lo tienen que presentar todos los herederos a la vez, salvo que se solicite a la Administración que sea ella quien practique la liquidación. Si, por el contrario, se presenta autoliquidación deben firmarla todos los herederos puesto que no es posible la autoliquidación por herederos de forma individual y todos deben presentar un único modelo 650.
Cualquier heredero puede solicitar el certificado de últimas voluntades y acceder al testamento dirigiéndose a la notaría donde está depositado. En su condición de heredero podrá acceder a registros públicos para conocer bienes del causante, así como a los movimientos de cuentas bancarias.
Desde el gabinete jurídico de Asesor Excelente podemos ayudarte con la tramitación de la herencia y liquidación de impuestos en la defensa de su cliente.
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