¿En qué consiste la declaración informativa de operaciones vinculadas y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales? ¿Cuándo debe presentarse? En este post te damos las claves para saber si estás obligado a presentar el modelo 232 y cómo hacerlo.
Estarán obligados a presentar el modelo 232 y cumplimentar la Información de operaciones con personas o entidades vinculadas (art.13.4 RIS) ”los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la renta de no residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas en los términos previstos en el artículo 18.2 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante LIS)”.
Aquellos contribuyentes que realicen operaciones con personas o entidades residentes en paraísos fiscales están sujetos a la obligación de cumplimentar la documentación específica de estas operaciones como si se tratara de una operación vinculada, si bien con las siguientes especialidades:
a) Se aplica la obligación de documentación específica, aunque el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada residente en un paraíso fiscal no supere 250.000 €.
b) La documentación relativa a todas las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas que residan en un país o territorio calificado como paraíso fiscal debe mantenerse, salvo que residan en un Estado miembro de la UE o en Estados del EEE (Espacio Económico Europeo) con los que exista un efectivo intercambio de información y el contribuyente acredite que las operaciones responden a motivos económicos válidos y que esas personas o entidades realizan efectivamente actividades económicas.
c) La documentación específica sobre información del contribuyente debe comprender, adicionalmente, cuando se trate de operaciones realizadas con personas o entidades residentes en países o territorios considerados como paraísos fiscales, la identificación de las personas que, en nombre de dichas personas o entidades, hayan intervenido en la operación y la identificación de los administradores de las mismas.
d) A las operaciones con personas o entidades residentes en países o territorios considerados paraísos fiscales, que no tengan la consideración de personas o entidades vinculadas, no les es exigible la documentación específica del contribuyente respecto de servicios y compraventas internacionales de mercancías, incluidas las comisiones de mediación en estas, así como los gastos accesorios y conexos, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
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Cómo presentar el modelo 232
Debe realizarse por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Se debe disponer de certificado electrónico.
Plazo de presentación
Esta declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales se presentará anualmente, en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar.
Como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración será desde el 1 al 30 de noviembre.
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