En ocasiones surge una duda importante sobre si una tienda física que está en módulos puede hacer extensible esta condición a su tienda online con el mismo nombre.
Vamos a poner el caso de un cliente que está dado de alta en varios epígrafes:
- 6512 “comercio al por menor de prendas de vestir y tocado”
- 774 (profesional) Traductores e Intérprete.
- 421 (profesional) Arquitectos técnicos
En IRPF está en Estimación directa simplificada en todas las actividades y en IVA por la actividad del comercio al por menor está en recargo de equivalencia y el resto de actividades, esto es, 774 y 421 en el régimen general de I.V.A.
En este segundo trimestre del 2017 se va a dar de baja en las actividades profesionales (baja en las dos actividades) y sólo se va a quedar con la actividad de Comercio al por menor de prendas de vestir y tocado. Quiere estar en IRPF en módulos por lo que en Diciembre de este año (lleva 4 años en estimación directa simplificada) se comunicará a través del modelo 037 a Hacienda la revocación.
Las prendas de vestir las vende en un local que tiene en alquiler pero está desarrollando una página web y va a empezar a vender ropa también a través de la web, como ahora está en IRPF en estimación directa simplificada es sencillo porque son los ingresos menos los gastos (tanto de la tienda física como de la tienda online), pero si el año 2018 está en módulos ¿podría estar en módulos vendiendo además de la tienda física la tienda online? (en la tienda online puede vender para toda España). Para el cálculo de los módulos se tiene como dato personal asalariado, personal no asalariado, superficie del local y consumo de energía eléctrica. El local está en un municipio de 5.000 a 10.000 habitantes, ¿al tener la página web habría que poner como municipio Madrid o Barcelona que son los municipios más grandes? ¿o no podría ir en módulos y tendría que quedarse en estimación directa simplificada?
La respuesta es la siguiente… Puede tributar en régimen de estimación objetiva siempre que las ventas las realice en España. A día de hoy no se prevén especialidades para la aplicación de módulos por tener una tienda online. Para calcular los módulos tiene que tener en cuenta el municipio dónde esté el local.
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