Modelo 303. Validación de las cuotas a compensar procedentes de períodos anteriores

Publicado 23 febrero 2021 | Actualizado 24 marzo 2023 | 0 Comentarios

La Agencia Tributaria en este 2021 extiende a TODOS los contribuyentes, la utilización de la herramienta Pre303 ofreciendo distintos servicios según el perfil de contribuyentes que tienen que presentar el modelo 303.

El servicio Pre303 es un servicio de ayuda elaborado por la AEAT que se ofrece cuando se va a realizar la presentación del modelo a través de la sede electrónica de la AEAT (vía formulario).

Algunos de los servicios y funcionalidades que tiene el nuevo Pre303 puedes verlos y acceder a ellos en el siguiente enlace, pero queremos destacarte aquellos que dispondrás con carácter general y para todos los contribuyentes:

  • VENTANA CENSAL IVA: Contiene información censal relevante del contribuyente en relación al IVA en el periodo de autoliquidación que va a presentar.
  • IDENTIFICACIÓN: Es el primer apartado del modelo que se ofrecerá con prácticamente la totalidad de las casillas cumplimentadas, salvo aquellas que deba informar el contribuyente en el momento de la presentación, si fuera necesario. Por ejemplo, la opción y renuncia a la prorrata especial que ha de ser ejercitada por el contribuyente al presentar la autoliquidación correspondiente.
  • MIS DATOS CENSALES IVA: Contiene la información censal del contribuyente relacionado con el IVA en el momento del acceso y sirve para que el contribuyente actualice o modifique aquellos datos que no son correctos o que faltan y que pueden tener incidencia en la liquidación del impuesto.
  • RESULTADO: Es la parte de datos económicos que contienen el resultado de la autoliquidación, y contiene casillas que están cumplimentadas para todos los contribuyentes. Aquí el contribuyente accede a la CARTERA DE CUOTAS A COMPENSAR.
  • CARTERA DE CUOTAS A COMPENSAR: Tabla con información sobre los importes a compensar pendientes de períodos anteriores, desglosados por ejercicio y periodo de generación, importes aplicados y pendientes de aplicar.
  • ACTIVIDADES REALIZADAS EN EL EJERCICIO: disponible en la última autoliquidación del ejercicio para los contribuyentes exonerados de presentar el modelo 390.
  • AUTOLIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA: Cuando se marca complementaria el sistema cumplimenta, en los casos en los que se dispone de los datos, el importe y número de justificante de la autoliquidación a complementar.

Por último, la AEAT nos ha hecho especial hincapié en informar a todos los asesores fiscales de que deben poner especial atención sobre la cumplimentación correcta de las nuevas casillas correspondientes a las cuotas a compensar. Para ello, adjuntamos una breve NOTA elaborada por la AEAT en la que se explica la correcta cumplimentación de las mismas, añadiendo un ejemplo.

Autor: Equipo de redactores de Asesor Excelente.

Texto revisado por nuestros expertos en Fiscal, Laboral, Contable, Mercantil, etc.

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