La consulta resuelta por la Dirección General de Tributos (DGT) es planteada por una asociación de instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones, y plantea la cuestión sobre la interpretación de los límites máximos de reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por aportaciones y contribuciones a instrumentos de previsión social.
La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, estableció una modificación del límite de reducción por aportaciones a planes de pensiones, regulado en el artículo 52.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto de la Renta de las personas físicas (Ley de IRPF).
Esta modificación normativa rebaja el límite de reducción previsto de 8.000 euros a 2.000 euros anuales, tanto para aportaciones realizadas por el contribuyente como contribuciones empresariales. Se establece un límite adicional de 8.000 euros anuales únicamente para contribuciones empresariales.
Criterio establecido por la DGT sobre la interpretación de los nuevos límites de reducción de aportaciones a planes de pensiones
Los nuevos límites absolutos de reducción en base imponible aplicables por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social deben interpretarse de la siguiente forma:
- Como un límite general, por importe de 2.000 euros anuales. Este límite debe interpretarse tanto para aportaciones realizadas por el contribuyente, como contribuciones empresariales (ya que el precepto no lo especifica).
- Como un límite adicional, por importe de 8.000 euros anuales, que debe interpretarse únicamente para contribuciones empresariales.
En conclusión…
El nuevo límite de 2.000 euros debe interpretarse de un modo conjunto, entre las realizadas por el promotor y el partícipe. Por otro lado, el límite adicional de 8.000 euros se aplica sólo a las aportaciones empresariales realizadas por el promotor.
De tal modo que si el contribuyente no realizara aportación alguna, el promotor podría realizar una aportación máxima de 10.000 euros al año.
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