Tipos de inactividad relacionadas con las exoneraciones de cuotas por el COVID-19

Publicado 4 junio 2020 | Actualizado 27 marzo 2023 | 0 Comentarios

En la desescalada nos estamos encontrando con multitud de casos diferentes relacionados con la reincorporación de trabajadores a las empresas. La casuística es muy amplia y las situaciones que podemos observar de cara a la incorporación de los empleados varían notablemente de unos casos a otros. Las exoneraciones de cuotas de la Seguridad Social por el COVID-19 varían dependiendo de los tramos de inactividad de los trabajadores.

La Tesorería de la Seguridad Social de la Diputación Provincial de Castellón ha elaborado un documento muy práctico que recoge las claves de los tipos de inactividad relacionadas con las exoneraciones de cuotas por el COVIC-19. De esta forma, las empresas tendrán más fácil su aplicación a los diferentes supuestos dependiendo de la situación en la que se encuentren sus trabajadores.

* Puedes descargar este documento haciendo clic en el botón de «Descargar» al final de este artículo.

Ejemplo práctico

Veamos la aplicación de estas claves de los tipos de inactividad en un ejemplo que recoge el documento elaborado por la Seguridad Social.

Una empresa que cesó su actividad el 14 de marzo de 2020 pasando los 5 trabajadores que tenía a situación de suspensión por ERTE de fuerza mayor COVID-19 (valor V), y procede el 11 de mayo al inicio de la situación a la que se refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020. La declaración responsable (CPC59) se realiza con fecha desde 13 de mayo de 2020. Los trabajadores se reincorporan de la siguiente manera:

1) El trabajador (A) empezó a trabajar a jornada completa el 11 de mayo hasta el 30 de junio. Dependiendo de los periodos de inactividad, la exoneración de cuotas será la siguiente:

2) El trabajador (B) tenía el contrato suspendido hasta el 10 de mayo. Empezó a trabajar con una reducción de jornada el 11 de mayo, manteniéndose en esa situación hasta el 8 de junio. El día 9 de junio empezó a trabajar a jornada completa hasta el 30 de junio.

3) El trabajador (C) tenía el contrato suspendido hasta el 12 de mayo. Empezó a trabajar a jornada completa entre el 13 de mayo y el 10 de junio. El día 11 de junio retorna a la situación de suspensión de contrato hasta el 25 de junio. El 26 de junio retorna al trabajo a jornada completa. La exoneración de las cuotas de la Seguridad Social quedaría de la siguiente forma, según los periodos de actividad e inactividad:

4) El trabajador (D) reinicia su actividad laboral a tiempo completo el 20 de mayo hasta el 30 de junio.

5) El trabajador (E) reinicia su actividad laboral con una reducción de jornada el 15 de junio manteniéndose en esa situación hasta el 30 de junio. Las exoneraciones quedarían de esta forma:

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