El Gobierno prevé que el plan de la desescalada se prolongará hasta finales de junio. Se realizará en 4 fases de dos semanas cada una, tiempo en el que podrán ir viendo los resultados y adoptando nuevas medidas. Actualmente nos encontramos en la fase inicial o fase 0, a la que seguirán otras 3 fases más.
Después de permitir los paseos de los niños desde el pasado domingo, a partir del próximo sábado 2 de mayo se permitirá salir a la calle para hacer deporte en solitario y dar paseos familiares. Sigue siendo la fase 0. El 4 de mayo, dentro de esa etapa se permitirá la apertura de locales y establecimientos con cita previa como las peluquerías o comercios de comida a domicilio.
No será hasta el 11 de mayo, fase 1, cuando se permitirá al resto de comercios abrir sus puertas bajo estrictas medidas de seguridad y horarios para personas mayores de 65 años. A partir de esa fecha, se abrirán también terrazas, hoteles, arrancará la actividad agroalimentaria y pesquera, abrirán los lugares de culto y los centros de alto rendimiento deportivo. Todo ello, con aforos limitados al 30 por ciento.
Una segunda fase comenzará el 25 de mayo, cuando se abrirán las zonas interiores de los restaurantes y bares con restricciones, también se abrirán cines, teatros y espectáculos culturales y museos.
La última fase, la tercera, arrancará el 8 de junio. A partir de ese día, se flexibilizará la movilidad general, abrirán los centros comerciales al 50 por ciento de su capacidad y manteniendo la distancia de seguridad de dos metros y se incrementará el aforo en restauración.
- Plan de desescalada que se prolongará hasta finales de junio
- Plan para la transición hacia una nueva normalidad (PDF)
- Anexo I: Panel de indicadores integral (PDF)
- Anexo II: Previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones de ámbito nacional establecidas en el estado de alarma (PDF)
- Anexo III: Cronograma orientativo (PDF)
- Guía visual de la desescalada: fechas, fases y todas las claves de la vuelta a la normalidad
- Referencia al Consejo de Ministros martes 28 de abril de 2020:
Sectores que podrán acogerse a la moratoria en el pago de cuotas a la Seguridad Social
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dado luz verde a la Orden Ministerial que desarrolla la moratoria de las aportaciones empresariales a las cotizaciones sociales incluida en el Real Decreto 11/2020 y que permitirá a las empresas y autónomos de 12 sectores económicos suspender durante seis meses sin ningún tipo de interés las cotizaciones sociales (para empresas, aportaciones empresariales y por conceptos de recaudación conjunta y los trabajadores autónomos, para sus cuotas) pagaderas en los meses de mayo, junio y julio.
—> Descárgate aquí el Boletín RED 2020/10 de 30 de abril de 2020.
La Seguridad Social aprueba una moratoria de cotizaciones sociales para 12 sectores económicos
- Solicitud de Moratoria COVID-19 o de base reducida por pluriactividad RETA
- Solicitud de Moratoria COVID-19 o de base reducida por pluriactividad REM
Otros enlaces de interés:
Información a nivel FISCAL y TRIBUTARIO:
- Portal de la AEAT sobre Medidas Tributarias COVID-19 con las novedades e información oficial
- Portal de la AEAT sobre la campaña de RENTA 2019
- Información suministradas por cada Comunidad Autónoma.
Desde Asesor Excelente y nuestra asociación de asesores, ASOCIAE, ponemos a su disposición los acuerdos firmados con cada una de las comunidades autónomas para la presentación telemática, así como las comunicaciones que dichas agencias tributarias nos hagan llegar para comunicar a los asesores.
Información a nivel LABORAL:
- Medidas adoptadas por la Seguridad Social ante el cierre de sus oficinas, para dar respuesta a la necesidad de presentación de escritos, comunicaciones o solicitudes de carácter urgente e imprescindible.
- TODAS las respuestas a aquellas consultas más frecuentes referidas a las competencias de la Seguridad Social
- Portal especial de la Seguridad Social sobre las medidas respecto el COVID-19. En este apartado, que se estará actualizando y ampliando progresivamente, tiene a su disposición las preguntas y respuestas de interés en materia de Seguridad Social relacionadas con esta situación excepcional COVID-19:
- Interrupción de plazos
- Subsidios y otras prestaciones
- Sistema RED. Último boletín de 27 de abril
- Información sobre atención presencial y telemática
- Empresas
- Sanidad Marítima
- En la Revista de la Seguridad Social dispones de noticias, Guías Prácticas elaboradas por la Seguridad Social, actualidad y expertos. Destacamos entre ellas:
- LA WEB DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESPONDE SUS DUDAS
- Claves de las medidas extraordinarias para trabajadores y empresas por el COVID-19
- Todas las preguntas y respuestas sobre la nueva prestación extraordinaria para autónomos
- ¿Cómo solicitar la nueva prestación extraordinaria para autónomos afectados por el COVID-19
- Criterios COVID-19 adoptados por cada una de las Comunidades Autónomas en relación a los servicios públicos de empleo
- Espacio COVID-19 de la Web del SEPE, En este espacio tendréis siempre la última hora relacionada con los ERTES y las prestaciones por desempleo.
- En la web del Ministerio de Trabajo encontrarán una sección de DESTACADOS donde podrán acceder a las guías que desde este Ministerio se están realizando para la aclaración de dudas, como por ejemplo:
Por supuesto, siempre nuestros cursos de Asesor Excelente:
- Comunicación Prestación colectiva de trabajadores afectados por ERTE
- Curso sobre los procedimientos y la intervención de la Administración en los ERTE por causas ETOP y de Fuerza Mayor
Información a nivel Avales a Empresas:
- En la web del ICO se ha habilitado un apartado especial COVID-19 donde se explica y se mantienen al día las noticias relacionadas con este tema
- El Ministerio de Economía ha publicado una noticia explicativa
- Desde Asesor Excelente hemos elaborado un post con todo lo que debes saber sobre la nueva línea de avales para autónomos y pymes
Cómo solicitar la baja de las prestaciones por desempleo
Algunas empresas han recuperado parte de su actividad y han decidido que algunos de sus trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) vuelvan a desempeñar su labor. Para ello tienen que solicitar la baja de las prestaciones por desempleo de estos trabajadores.
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