El Supremo contradice a la Agencia Tributaria y declara exenta de IRPF la prestación por maternidad

Publicado 8 octubre 2018 | Actualizado 9 mayo 2023 | 0 Comentarios

Aquellos contribuyentes que hayan recibido la prestación por maternidad/paternidad desde 2014 ahora pueden reclamar las cantidades descontadas indebidamente por IRPF. Una sentencia del Tribunal Supremo corrige a la Agencia Tributaria y declara que las prestaciones de maternidad están exentas del pago en la declaración de la renta.

Hasta ahora Hacienda había defendido que debían tributar en la renta estas prestaciones que reciben las madres trabajadoras (o padres) durante la baja de 16 semanas por el nacimiento de un hijo. Ahora una sentencia del Supremo niega este extremo (consulta sentencia del TS Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1462/2018).

Esta sentencia desestima un recurso que había interpuesto la Abogacía del Estado que insistía en que estas prestaciones sí debían tributar en el IRPF. Varios son los Tribunales Superiores de Justicia que previamente habían dado la razón a la Agencia Tributaria y habían establecido la obligación de pagar, pero ahora el Supremo es claro en su postura y declara exentos estos ingresos. Es más, el alto Tribunal estima que la exención no se limita los ayuntamientos o a las Comunidades Autónomas, sino que también se extiende a todas las prestaciones por maternidad recibidas sin excepciones, independientemente de la administración pública que las conceda.

Cómo reclamar esas retenciones

Se podrá solicitar las devoluciones de las cantidades pagadas indebidamente correspondientes a aquellos ejercicios que no estén prescritos. Por lo tanto, se podrán reclamar el pago de los últimos cuatro años, salvo que se haya iniciado algún proceso de reclamación. La manera de hacerlo es muy sencilla. El contribuyente debe emprender un procedimiento de rectificación y devolución de ingresos ante la Agencia Tributaria, a través de una liquidación paralela.

No solo las madres que hayan recibido esta prestación podrían solicitar su devolución. También lo podrán hacer los padres que las hayan recibido.

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Autor: Equipo de redactores de Asesor Excelente.

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