Desde el pasado 1 de enero de 2018 la exención fiscal de los cheques y de las tarjetas de comida pasa de 9 a 11 euros diarios. La Asociación Española de Empresas de Vales de Comida han calculado que esta modificación fiscal permitirá un ahorro medio anual de 600 euros para los trabajadores que utilicen vales de comida en una jornada laboral ordinaria de lunes a viernes (en base a un IRPF del 25%).
Con este cambio normativo, desde el 1 de enero 11 euros diarios en cheques comida estarán exentos de IRPF. En caso de cantidades superiores a esos 11 euros diarios, el exceso tributará en especie. La empresa podrá deducir el 100% de lo destinado a esos cheques en el Impuesto sobre Sociedades como gastos de personal.
La empresa puede entregar al trabajador libremente la cantidad que crea conveniente, pero existe un límite, de 11 euros diarios, que está exento de tributación en el IRPF.
Requisitos de la nueva normativa
El Ministerio de Hacienda ha elevado la exención a través de una modificación realizada en el apartado 2 del artículo 45, RIRPF (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo). El texto especifica que “2. Cuando la prestación del servicio se realice a través de fórmulas indirectas, tendrán que cumplirse los siguientes requisitos:
1.º La cuantía de las fórmulas indirectas no podrá superar 11 euros diarios. Si la cuantía diaria fuese superior, existirá retribución en especie por el exceso.
2.º Si para la prestación del servicio se entregasen al empleado o trabajador vales-comida o documentos similares, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago se observará lo siguiente:
a) Deberán estar numerados, expedidos de forma nominativa y en ellos deberá figurar la empresa emisora y, cuando se entreguen en soporte papel, además, su importe nominal.
b) Serán intransmisibles y la cuantía no consumida en un día no podrá acumularse a otro día.
c) No podrá obtenerse, ni de la empresa ni de tercero, el reembolso de su importe.
d) Sólo podrán utilizarse en establecimientos de hostelería.
e) La empresa que los entregue deberá llevar y conservar relación de los entregados a cada uno de sus empleados o trabajadores, con expresión de: En el caso de vales-comida o documentos similares, número de documento, día de entrega e importe nominal.
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