Curso sobre el Impuesto a las grandes fortunas

¿Qué consecuencia tiene este impuesto que grava a las fortunas más altas?

El Impuesto a las grandes fortunas entra en vigor el 1 de enero de 2023 y presumiblemente finaliza el 31 de diciembre de 2024.

Teniendo en cuenta que en 2023 se recaudará sobre el patrimonio de 2022, necesitas ponerte al día cuanto antes:

  • ¿Quién tiene que pagarlo?
  • ¿Durante cuánto tiempo estará activo?
  • ¿Qué nuevas obligaciones fiscales conlleva el impuesto para las grandes fortunas?
  • ¿De qué manera calcular la riqueza sobre la que aplicar el impuesto?
  • ¿Cómo evitar la doble imposición, al solaparse con el Impuesto de Patrimonio?
  • ¿Se aplica en todas las Comunidades Autónomas?
  • ¿Es posible impugnar el impuesto?
  • ¿Buscas un experto especializado en esta temática, que pueda explicarte con detalle las novedades y sus implicaciones?
  • ¿Necesitas ponerte al día en este tema, en el mínimo tiempo posible?

Hacienda calcula de 23.000 personas pagarán este nuevo impuesto, y alguna de ellas podría ser cliente tuyo. Para ayudarte, Asesor Excelente cuenta con el Curso sobre el Impuesto a las grandes fortunas, que te describe el impuesto, lo compara con el actual Impuesto sobre el Patrimonio y analiza la aplicación del límite conjunto IRPF/IP/IGF.

El temario se desarrolla a lo largo de dos horas y media y el curso tiene formato online, lo que te permite ponerte al día sin salir de tu oficina e ir aprovechando los ratos libres.

En Asesor Excelente creemos que es fundamental conocer en detalle este nuevo impuesto que, aunque puede afectar a un pequeño porcentaje de tus clientes, son aquellos a los que debes responder con más premura y aplomo.

¿Qué vas a aprender en este curso sobre el Impuesto a las grandes fortunas?

Este impuesto de carácter temporal se ha incluido como una enmienda en la proposición de ley de los gravámenes a energéticas y entidades financieras, y actúa como complemento al Impuesto de Patrimonio.

El Gobierno indica que la recaudación del impuesto tiene una finalidad recaudatoria, a la vez que pretende disminuir las diferencias en el gravamen del patrimonio en las distintas CCAA, especialmente en las que han desfiscalizado total o parcialmente el impuesto sobre patrimonio.

Otro de los objetivos es que los fondos recaudados con el impuesto a las energéticas se destinen a medidas de apoyo financiero a los hogares vulnerables, para reducir los efectos de la crisis energética.

Esto ha hecho que este impuesto nazca en medio de la controversia, que vamos a analizar en el primer tema del Curso sobre el Impuesto a las grandes fortunas.

El impuesto es complementario al Impuesto sobre el Patrimonio que tienen cedidas las CCAA, pero en este caso es de carácter estatal. Viene a gravar mediante una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de una cuantía superior a tres millones de euros y lo hace por tramos.

También se habilita la potestad de gravamen sobre las participaciones accionarios en entidades no residentes con activos inmobiliarios subyacentes radicados en España.

Va a afectar a los contribuyentes de Madrid, Andalucía y Galicia que tienen bonificado total o parcialmente el Impuesto sobre el Patrimonio, y también a aquellos con patrimonios altos con residencia en CCAA que tienen una tarifa en el Impuesto sobre el Patrimonio menor al estatal.

Y como este impuesto se solapa con el de Patrimonio, necesitas conocer en detalle su funcionamiento para evitar que tu cliente tribute dos veces por el mismo concepto.

Además, el Curso sobre el Impuesto a las grandes fortunas se cierra con dos temas de gran interés para tus clientes: qué actuaciones pueden realizar para aminorar la carga impositiva (exenciones aplicables) y la impugnación del impuesto.

Todo ello contando con que las CCAA pueden optar por varias opciones: mantener las bonificaciones actuales hasta los tres millones de euros de base liquidable -con lo que esos clientes seguirían sin pagar impuestos por su patrimonio-, o armonizar su impuesto de patrimonio con los tipos del nuevo tributo, y quedarse con el 100% de la recaudación.

Te interesa estar al día de la fiscalidad que afecta a las grandes fortunas, ya que son tus clientes más importantes. Además, el gobierno podría incorporar esta medida de forma permanente al sistema fiscal, ya que la enmienda incluye una cláusula que lo permite, por lo que formarte ahora puede ser un tiempo bien invertido.

No busques noticias puntuales y déjate guiar por una profesor experto en esta temática. En Asesor Excelente deseamos poner a tu disposición las novedades en los cambios legislativos, ahorrándote el tiempo de buscarlos y aclarando las dudas que tengas en su aplicación.

Si necesitas actualizar tus conocimientos en referencia al Impuesto de solidaridad a las grandes fortunas, este curso puede hacer mucho por ti en tiempo récord.

 

¿Quién es el ponente?

 

El profesor de este curso de Formación Continua es Don Óscar Alcalde Barrero, Subdirector General de Planificación, Ordenación y Coordinación de la Comunidad de Madrid. Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del juego de la Comunidad de Madrid.

 

¿Durante cuánto tiempo está disponible?

 

El curso se activa el 20 de diciembre de 2022, y permanece abierto hasta el 31 de enero de 2023.

Comienza 2023 renovando tus conocimientos, para no tener luego que formarte apresuradamente.

  • Si no eres Asesor Excelente y quieres contratar solo este curso: 30,00 €
  • Si eres Asesor Excelente: GRATIS

 

¿Qué incluye el programa del curso?

 

El curso es un vídeo de dos horas y media de duración, en el que D. Óscar Alcalde Barrero consigue explicarte lo más relevante del Impuesto solidario a las grandes fortunas y su aplicación:

  • Cuestiones controvertidas de su aprobación
  • Descripción del Impuesto de solidaridad a las grandes fortunas
  • Comparativa con el actual Impuesto sobre el Patrimonio
  • Aplicación del límite conjunto IRPF/IP/IGF
  • Actuaciones para aminorar la carga impositiva: exenciones aplicables
  • Impugnación del impuesto
Tipos de cursos

Fecha

20 diciembre 2022 – 31 enero 2023
Finalizdo!

Profesor

D. Óscar Alcalde Barrero

Subdirector General de Planificación, Ordenación y Coordinación Comunidad de Madrid. Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del juego de la Comunidad de Madrid.