Repasaremos las modificaciones legislativas llevadas a cabo por el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero (BOE de 30 de enero de 2021), por el cual se adapta el Plan General de Contabilidad (PGC) a las NIIF-UE 9 y NIIF-UE 15.
¿Qué normas del PGC se adaptan con la entrada en vigor del RD 1/2021?
Con efectos para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, las normas de registro y valoración relativas a los Instrumentos financieros (PGC NRV 9ª) se adaptan a la NIIF número 9 y los Ingresos por ventas y prestación de servicios (PGC NRV 14ª) se adaptan a la NIIF número 15.
Estas modificaciones se refieren esencialmente, por un lado, a la definición (nueva redacción del criterio de valoración) del valor razonable, y por otro, a la norma de registro y valoración de los instrumentos financieros (no así para las Pymes, como se expone más abajo).
Alcance de la “reforma contable”.
En relación con las Pymes y su propio PGC de aplicación se ha optado por seguir el criterio que se deduce de la política de simplificación, para las obligaciones contables de las empresas de menor tamaño.
En concreto no se han introducido modificaciones en los criterios de reconocimiento y valoración de los instrumentos financieros, ni en el de reconocimiento de los ingresos.
¿Qué modificaciones contables afectan a las Pymes?
De este modo, las modificaciones introducidas para las Pymes se centran en introducir una mejora técnica relacionada con la regulación sobre el valor razonable, el criterio para contabilizar la aplicación del resultado en el socio, con el adecuado criterio de presentación de las emisiones de capital y la norma de elaboración de la memoria. En concreto, se inserta una nueva redacción del criterio de valor razonable, introduciendo una mejora técnica en el mismo.
Conclusión.
Las modificaciones llevadas a cabo por el RD 1/2021 no implicará grandes variaciones en la contabilidad de la gran mayoría de las Pymes. Si bien, por causa de los cambios en las normas de elaboración de las cuentas anuales que también se prevén en su artículo tercero, se podrían producir algunos cambios en el diseño del modelo de presentación de cuentas anuales, en relación con las del presente ejercicio (presentación a llevar a cabo en 2022).
Si quieres saber más…
Real Decreto 1/2021, de 12 de enero (BOE de 30 de enero de 2021).
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